¿Qué es un Juicio de Amparo?

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icono de calendario04/09/2021 5 min de lectura
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Cuando las acciones de una autoridad afectan tus derechos o garantías individuales, tienes oportunidad de defenderte a través de Juicio de Amparo.

Es común que las personas consideren al juicio de amparo como la panacea a cualquier problema legal, o un medio dilatorio en un juicio de origen, así como el instrumento predilecto de los servidores públicos para evadir la justicia; no obstante, estas ideas distan mucho de la naturaleza jurídica del amparo.

Todos alguna vez han escuchado o leído algo sobre el juicio de amparo, ya sea en un noticiero, periódico o alguna red social; pero dicha información se encuentra en ocasiones incompleta y resulta insuficiente para comprender su funcionamiento. La deficiente divulgación por parte de los medios de comunicación sobre el tema, así como una falta de cultura jurídica en México, ha dado lugar a la construcción de un imaginario colectivo equivocado sobre este importante medio de control constitucional.

El riesgo constante que representa la posible vulneración de los derechos humanos reconocidos en la Constitución por parte de cualquier autoridad, hace indispensable no solo para abogados, sino para cualquier ciudadano, conocer las nociones básicas sobre el juicio de amparo.

Este es un medio de defensa que tiene por objeto proteger a las personas contra los abusos de autoridad, así como de normas generales que vulneren sus derechos humanos reconocidos en la Constitución y en tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, esto significa que es tanto un derecho como una garantía para todos los ciudadanos y no solo para un sector específico de la sociedad (SCJN, 2014).

En este punto puede surgir la duda acerca de quiénes son las partes en el juicio de amparo, por tal motivo a continuación se explica de manera sucinta cada una de ellas.

  • Quejosa/o: Es el titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo, el cual es afectado por un acto u omisión de la autoridad responsable o una norma general en relación a sus derechos humanos.
  • Autoridad responsable: Es la parte de quien emana el acto reclamado y contra quien se demanda la protección de justicia federal en el amparo.
  • Tercero interesado: Es la persona con el interés jurídico de que continúe el acto reclamado del quejoso
  • Ministerio público federal: Es una institución que forma parte en todos los juicios de amparo, su función es velar por la procuración de justicia (SCJN, 2014).

 

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Existen dos vías para la promoción del juicio de amparo, una directa y otra indirecta, dependiendo del acto reclamado y de la trascendencia que pueda tener una resolución en el juicio de origen (H. Congreso de la Unión, Ley de Amparo, 2018).

  • El amparo indirecto procede contra actos u omisiones de autoridad, así como de los particulares que realicen funciones comparables a las de autoridad y normas generales que causen un perjuicio al quejoso. Quienes son competentes para resolver este tipo de asuntos son los juzgados de distrito y los tribunales unitarios de circuito. Un ejemplo de procedencia de esta vía es el siguiente:
    • Una persona solicita por escrito y de manera pacífica información sobre el manejo de los recursos públicos a un órgano de la administración pública; sin embargo, la autoridad a quien fue dirigido el escrito no atiende dicha solicitud.

En este ejemplo es evidente que se trata de una omisión por parte de la autoridad, la cual afecta el derecho de petición reconocido en el artículo 8 constitucional.

  • El amparo directo procede contra sentencias definitivas, laudos o resoluciones que pongan fin al juicio, o que sin resolver en lo principal resulten trascendentales para el fallo final; quienes tienen competencia para conocer sobre esta vía son los tribunales colegiados de circuito. Un ejemplo en el que es procedente este tipo de amparo es el siguiente:
    • Durante un proceso penal, el juez mediante una resolución arbitraria no admite las pruebas ofrecidas por la defensa del procesado, dejándolo en un estado de indefensión.

En tal caso, procede el amparo directo debido a que, si bien no se trata de una sentencia definitiva, dicha resolución terminará trascendiendo de manera negativa en el fallo final del juez.

De lo expuesto hasta este punto, es claro que el juicio de amparo no puede resolver cualquier problema legal, en razón de los casos específicos de procedencia que contemplan ambas vías y a los objetivos que persigue este juicio.

Es importante mencionar que el juicio de amparo no se puede tramitar en cualquier momento, el quejoso tiene la obligación de agotar los recursos existentes en la ley que rige el acto reclamado antes de promover el amparo, a esto se le conoce como principio de definitividad del acto reclamado (H. Congreso de la Unión, CPEUM, 2018).

Al tramitar la demanda de amparo se puede solicitar al juez la suspensión del acto reclamado con la finalidad de conservar la materia del conflicto y de evitar un daño de imposible reparación (H. Congreso de la Unión, Ley de Amparo, 2018). Este puede ocurrir, por ejemplo, si el acto de autoridad consiste en una orden de aprehensión que, una vez consumada, cause lesiones físicas y psicológicas al quejoso que no  sean posibles de revertir.

 

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Dada la naturaleza del juicio de amparo, es habitual que se otorgue la suspensión provisional y posteriormente la definitiva al quejoso; sin embargo, el hecho de que se concedan cualquiera de estas, no significa que se le haya dado la protección de la justicia federal; sino que simplemente el acto reclamado es aplazado hasta que el órgano jurisdiccional resuelva en lo principal y, en caso de que sea negada dicha protección, el acto de autoridad previamente reclamado continúe su curso normal.

En conclusión, el juicio de amparo es un medio de defensa con el que cuentan todas las personas para salvaguardar sus derechos consagrados en la Constitución contra abusos de autoridad, así como de normas y leyes que los trasgredan. Este medio de control constitucional tiene una larga historia dentro del sistema jurídico mexicano; no obstante, sigue siendo una figura jurídica de vanguardia, la cual ha servido de inspiración para diversos sistemas jurídicos internacionales. El juicio de amparo posibilita la vida democrática del país, al permitirles a los gobernados que sus asuntos sean revisados por tribunales federales y defender así sus derechos.

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Notas

Honorable Congreso de la Unión. (2018). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de www.diputados.gob.mx

Honorable Congreso de la Unión. (2018). Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de www.diputados.gob.mx

Suprema Corte de Justicia de la Nación. (junio de 2014). La Ley de Amparo en lenguaje llano. ¿Por qué es importante para la protección de nuestros derechos? Recuperado de www.scjn.gob.mx

Referencias

Honorable Congreso de la Unión. (2018). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de www.diputados.gob.mx

Honorable Congreso de la Unión. (2018). Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Recuperado de www.diputados.gob.mx

Suprema Corte de Justicia de la Nación. (junio de 2014). La Ley de Amparo en lenguaje llano. ¿Por qué es importante para la protección de nuestros derechos? Recuperado de www.scjn.gob.mx

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  1. juan carlos ojeda ruiz dice:

    so estudiante de derecho burocratico en fstse, gracias por aclararme y ampliar mi conocimiento sobre el juicio de amparo

    1. Foto del avatar IEXE Staff dice:

      Gracias por leer nuestro Blog Juan Carlos.

  2. Jhoana Martinez dice:

    Me ha sido de gran utilidad. muchas gracias

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    1. Foto del avatar IEXE Staff1 dice:

      Gracias a ti por el Interés Jhoana.

  3. Roberto Barraza dice:

    excelente informacion muchas gracias

    1. Foto del avatar IEXE Staff1 dice:

      Muchas gracias por tus comentarios Roberto.

  4. claudia Garcia dice:

    muy entendido, me fue de mucha ayuda…

    1. Foto del avatar IEXE Staff1 dice:

      Nos complace que te haya sido útil nuestro contenido Claudia! 🙂

  5. Luana Ferreira dice:

    Hola, en primer lugar me gustaría darle las gracias por el excelente contenido. Sin embargo, tengo dos dudas:

    1. ¿El procedimiento de amparo es de uso frecuente en México? Porque como me parece que es una figura muy amplia, con una legitimidad casi ilimitada, estos derechos se podrían reclamar en acciones colectivas, ¿no?
    2. Finalmente quisiera saber si en caso de juicio de amparo la persona cuyos derechos han sido vulnerados necesita ser representada por un abogado para reclamar el amparo, o puede acudir directamente a los tribunales?

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  6. alfredo morales tripp dice:

    En verdad es una explicación muy basta del derecho que como todo gobernado tenemos los mexicanos para poder defendernos de la violacion de nuestras garantías consstitucionales y de las arbitrarias autordades.

    1. Foto del avatar Expost dice:

      Muchas gracias por tus comentarios Alfredo, el motivo de nuestro blog es precisamente ayudar a nuestros lectores.

  7. Juan Carlos Solis dice:

    Buenas tardes, en cuanto al tipo de sentencias en el juicio de amparo (donde se otorga el amparo de fondo y en donde se otorga el amparo para efectos), cuál de ellos procede para que se otorgue un nuevo amparo a la quejosa en una sentencia firme, de acuerdo a la resolución de la autoridad responsable?

  8. Juan Carlos Solis dice:

    Excelente y muy importante tema, hay mucho más por conocer en el juicio de amparo (tanto directo, como indirecto), gracias por compartir..

  9. Flor AngelicaRivas Segura dice:

    muchas gracias por la información me es de gran ayuda para adquirir mayor y amplio conocimiento en esta licenciatura y en mi vida diaria laboral mente hablando.

    1. Foto del avatar Expost dice:

      <3 Muchas gracias Angélica

  10. Marco Antonio Gil Saenz dice:

    Buenas noches podría orientarme

    En un amparo justificado … Cuánto tiempo es el límite para su resolución

    Es un tema laboral….salió la resolución pero no sé considero los intereses por eso es que se metió el amparo

    1. Foto del avatar Expost dice:

      Muchas gracias por tus comentarios Marco, nos complace que el artículo te haya sido de utilidad.

      Sobre tu pregunta, me temo que cada artículo es de un autor distinto y se nos dificulta dar contestación a preguntas concretas, ya que recibimos muchas, pero tendremos en cuenta tu duda para publicaciones posteriores.

      0
  11. Gema Rivera dice:

    Un ejemplo porfa gracias

    1. Foto del avatar Expost dice:

      Muchas gracias por tus comentarios Marco, nos complace que el artículo te haya sido de utilidad.

      Sobre tu pregunta, me temo que cada artículo es de un autor distinto y se nos dificulta dar contestación a preguntas concretas, ya que recibimos muchas, pero tendremos en cuenta tu duda para publicaciones posteriores.

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  12. Dr Homero Tiniacos dice:

    El amparo a la transgresión de las garantías constitucionales, esta muy ligado a los actores políticos e independencia de los poderes públicos, si es así, los amparos no se ejecutan por miedo de los jueces a contradecir una orden de un político o partido así como de un líder negativo o gánster. Por lo cual solo pocos jurista tienen vocación de mártires para solicitarlos en casos políticos y de envergadura publicitaria. A menos que el propósito de vida que Dios le dio fue ese defender, al indefenso y padecer por el.

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  13. Edith Mejia Almansa dice:

    En San Juan del Río Querétaro. Varios comerciantes tenemos un problema. una licenciada que por lo visto tiene apoyo de más arriba. Somos cientos de personas defraudadas por esta persona. que llega directamente a embargar con documentos Falsos , desafortunadamente avalados ya por las instancias que compete. Pero Son firmas Falsas. A Dónde Procedemos . Orientación Por Favor Y Gracias

    1. Foto del avatar Expost dice:

      Hola Edith, disculpa, pero no nos encontramos en la capacidad de brindarte ayuda profesional ya que los colaboradores por lo general no están al tanto. Te recomendamos asistir a ayuda profesional y te deseamos buena suerte en todo tu proceso.

  14. Carlos I. Román Castillo dice:

    El Amparo constitucional, se solicita cuando la violación de los derechos cause un daño que además de grave sea inminente, es decir cercano o próximo y cuando el daño sea irreparable, insubsanable o irrecuperable.

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